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Normas de Caza 2015-2016

Caza en Navarra - Turismo de Navarra

Caza en Navarra

Legislación

Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.

Decreto Foral 48/2007, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.

EL CAZADOR DEBERÁ LLEVAR CONSIGO:

Documento Nacional de Identidad
Licencia de caza en vigor
Licencia de armas y Guía de pertenencia
Seguro obligatorio de cazador
Permiso para cazar en coto –

Recuerde que también puede renovar su licencia de caza tanto a través de la página web: https//administracionelectronica.navarra.es/CazaPesca como en las oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local cuya localización y horarios puede consultar en: www.cazaypesca.navarra.es

Normas de Caza 2015-2016

Orden Foral 219, de 2 de junio de 2015, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba la disposición general de vedas de caza para la campaña 2015-2016.

Es objeto de esta Orden Foral establecer la normativa específica que regirá la caza en Navarra en la campaña 2015-2016.

Esta Orden Foral fija, con carácter general, los períodos de caza para los acotados de caza, sin perjuicio de otras actividades cinegéticas contenidas en los Planes de Ordenación Cinegética aprobados. Aquellas nuevas modalidades de caza que puedan derivarse de la Ley Foral 17/2005, de Caza y Pesca de Navarra, deberán estar contempladas en el Plan de Ordenación Cinegética aprobado o ser autorizadas expresamente por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Especies cinegéticas y especies plaga

Especies cuya caza se autoriza en Navarra durante la temporada 2015-2016

Aves

  • Ansar común (Anser anser)
  • Anade real (Anas platyrhynchos)
  • Cerceta común (Anas crecca)
  • Perdiz roja (Alectoris rufa)
  • Codorniz (Coturnix coturnix)
  • Faisán (Phasianus colchicus)
  • Focha común (Fulica atra)
  • Avefría (Vanellus vanellus)
  • Becada (Scolopax rusticola)
  • Agachadiza común (Gallinago gallinago)
  • Paloma torcaz (Columba palumbus)
  • Paloma zurita (Columba oenas)
  • Tórtola común (Streptopelia turtur)
  • Zorzal común (Turdus philomelos)
  • Zorzal alirrojo (Turdus iliacus)
  • Zorzal real (Turdus pilaris)
  • Zorzal charlo (Turdus viscivorus)
  • Urraca (Pica pica)
  • Grajilla (Corvus monedula)
  • Corneja (Corvus corone)

Mamíferos

  • Liebre (Lepus spp.)
  • Conejo (Oryctolagus cuniculus)
  • Zorro (Vulpes vulpes)
  • Jabalí (Sus scrofa)
  • Ciervo (Cervus elaphus)
  • Gamo (Dama dama)
  • Corzo (Capreolus capreolus)

Especies plaga

Se podrá cazar durante el período hábil, las especies incluidas en la Orden Foral de especies plaga, dentro de las limitaciones de la presente Orden Foral.

Topo común (Talpa europaea). Rata común (Rattus norvegicus). Rata negra (Rattus rattus). Ratón doméstico (Mus musculus). Ratón de campo (Apodemus sylvaticus). Topillo mediterráneo (Microtus duodecimcostatus). Ratilla campesina (Microtus arvalis). Rata de agua norteña (Arvicola terrestris). Rata almizclera (Ondatra zibethicus) Coipú o rata-nutria (Myocastor coypus). Gorrión doméstico (Passer domesticus). Estornino pinto (Sturnus vulgaris). Estornino negro (Sturnus unicolor). Poblaciones domésticas asilvestradas de Paloma bravía (Columba livia). Tórtola turca (Streptopelia decaocto).

Horario

El horario de caza es, con carácter general, el comprendido entre una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, tomando del almanaque las horas del orto y del ocaso.

Protección de la caza

Métodos o medios de captura prohibidos de carácter general

1.- Los lazos o anzuelos, así como todo tipo de trampas y cepos, incluyendo costillas o cepìllos, perchas o ballestas, fosos, nasas y alares.

2.- El arbolillo, las varetas, las rametas, las barracas o parayns y todo tipo de medios o métodos que impliquen el uso de la liga.

3.- Los reclamos de especies protegidas vivas o naturalizadas y otros reclamos vivos o muertos, cegados o mutilados, así como todo tipo de reclamos eléctricos o mecánicos, incluidas las grabaciones, con la excepción de palomas vivas para la caza tradicional desde la choza.

4.- Los aparatos electrocutantes o paralizantes.

5.- Los faros, espejos y otras fuentes luminosas artificiales o deslumbrantes.

6.- Todo tipo de redes o de artefactos que requieran para su funcionamiento el uso de mallas, como las redes abatibles, las redes-niebla o verticales y las redes-cañón, así como las redes japonesas y la barca italiana.

7.- Todo tipo de cebos, humos, gases o sustancias que crean rastro, venenosas, paralizantes, tranquilizantes, atrayentes o repelentes, así como los explosivos.

8.- Las armas semiautomáticas o automáticas cuyo cargador pueda contener más de dos cartuchos, las de aire comprimido, los rifles de calibre 22 de percusión anular, las provistas de silenciador o de visor para el disparo nocturno, así como las que disparen proyectiles que inyecten sustancias paralizantes y las ballestas.

9.- Los hurones.

10.- Las aeronaves y embarcaciones de cualquier tipo o los vehículos terrestres motorizados como lugar desde donde realizar los disparos.

11.- Los balines, postas o balas explosivas, así como cualquier tipo de bala con manipulaciones en el proyectil. A estos efectos se entiende por postas aquellos proyectiles introducidos en los cartuchos cuyo peso sea igual o superior a 2,5 gramos.

12.- Los cañones pateros.

13.- Los cartuchos con perdigones de plomo para cazar en las zonas húmedas, de acuerdo con la normativa aplicable.

14.- Se prohíbe la caza de perdiz con reclamo.

15.- Queda prohibida la captura, tenencia y comercialización de hormigas aladas, así como su uso para cebo.

Terrenos vedados

Desde el 1 de agosto de 1993, sólo es posible cazar en cotos, quedando prohibida por tanto la caza en los terrenos libres.

Caza sembrada

Únicamente se podrá practicar esta modalidad en las zonas establecidas al efecto dentro de los Planes de Ordenación Cinegética aprobados. El período de utilización de dichas zonas será desde el 15 de agosto de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Zona de adiestramiento de perros

Las zonas de adiestramiento de perros autorizadas en los Planes de Ordenación Cinegética se podrán utilizar de acuerdo a lo especificado en cada caso en el respectivo Plan.

Puestos autorizados para paloma y zorzal

En los puestos de caza de aves migratorias a vuelo, compartidos con sociedades de caza francesas, se podrá cazar durante la migración otoñal en las mismas condiciones que en Francia y únicamente las especies autorizadas en Navarra.

Los puestos de tiro, tanto aislados como en línea, serán fijos y habrán de estar emplazados en las cumbres de las cordilleras o en zonas altas de las laderas, quedando prohibidas las escopetas volantes y transitar fuera de los puestos con las armas desenfundadas, excepto cuando el cazador salga a recoger una paloma caída en la proximidad del puesto, en cuyo caso podrá llevar el arma cargada; en el caso del zorzal deberá llevar el arma descargada.

Está prohibida cualquier maniobra tendente a espantar o chantear a las palomas por medio de señales, tiros o cualquier otro procedimiento ideado para perturbar su trayectoria normal. No obstante, se permite la caza de la paloma con reclamo de paloma viva no cegada ni mutilada, en chozas legalmente establecidas siempre que no origine el desvío de la paloma impidiendo el ejercicio de la caza en otros puestos legalmente constituidos.

La falta de uso de un puesto de caza de paloma o zorzal durante tres años consecutivos dará lugar a la desautorización del mismo.

Cada puesto autorizado para la caza de la paloma en época de pasa y para el zorzal podrá ser utilizado por un máximo de tres cazadores simultáneamente. Cada cazador podrá tener una única escopeta en el puesto.

Los puestos de tiro, tanto por su aspecto como por los materiales empleados, no deben desentonar del paisaje. El mantenimiento del entorno en las debidas condiciones de limpieza es responsabilidad del responsable de la gestión del coto y del titular del aprovechamiento. El Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local adoptará, en su caso, las medidas legales tendentes a la suspensión de la actividad cinegética en los puestos que no cumplan estas condiciones.

El desplazamiento de los puestos de tiro a vuelo o chozas ya legalizados para cazar palomas migratorias o zorzales, deberá ser autorizado por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética.

Los puestos se aprovecharán de acuerdo con las normas establecidas para la administración del coto.

Cada puesto se deberá situar fuera del ángulo de tiro habitual de los demás puestos. La distancia mínima entre puestos será de 50 metros.

En el caso de interferencia entre los puestos, tendrá preferencia el más antiguo. Se entiende que hay interferencia cuando la eficacia del puesto preferente quede mermada y no exista acuerdo para cazar conjuntamente entre los titulares de los puestos afectados.

Piezas cazadas

En caso de que se desplume o despelleje en el campo las piezas cazadas, deberá conservarse unida a ellas la cabeza y las patas intactas, para su identificación.

Batidas de caza mayor

Las batidas de caza mayor serán debidamente señalizadas en los caminos y accesos. Como medida de seguridad, los cazadores y resacadores deberán vestir chalecos de alta visibilidad. En las batidas de caza que se realicen sobre cultivos agrícolas de alto porte, los puestos deberán estar elevados, aprovechando accidentes del terreno o sobre estructuras específicas.

Perros autorizados: queda prohibida la modalidad de caza con perros de agarre. Queda prohibida para la caza en batida la utilización de las siguientes razas de perros y sus mestizos: dogo, bulldog, pitbull, rottweiler, boxer, dóberman y perro de presa canario. Acompañando a los perros de rastro tradicionales, podrán participar en las batidas de caza hasta un máximo de dos perros de las razas siguientes o de ejemplares híbridos con ellos: alano, pastor alemán y mastín.

Cada cazador podrá portar una única arma de fuego o arco.

El número mínimo de cazadores en puestos que deben reunirse para practicar la caza en batida es de cuatro.

Precintos para corzo y ciervo

Es obligatorio el uso de precintos numerados para su colocación en los ciervos y corzos abatidos según los cupos establecidos en el Plan de Ordenación Cinegética correspondiente. Los precintos serán expedidos por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, a solicitud del responsable de la gestión del acotado, previo abono de su precio de coste. Cada partida de caza deberá llevar durante ésta un número de precintos igual o superior a las piezas que se desean abatir. Una vez abatida la pieza no se podrá desplazar de su lugar hasta no haberse colocado el precinto y marcado la fecha de captura. En todo caso, podrá llevarse sin precinto hasta la pista forestal más cercana, donde le será colocado, siempre y cuando el responsable de la batida haya sido avisado en el momento de la captura.

El precinto se atravesará entre el tendón del corvejón y la pata, cerrándolo a continuación y señalando, por ablación, la fecha de captura. En el caso de animales con cuernas, el precinto se colocará inmediatamente por encima de la roseta, siempre y cuando la pieza tenga unas dimensiones suficientes para evitar que el precinto salga del cuerno una vez cerrado.

Campeonatos deportivos de caza

Para la realización de campeonatos deportivos de caza será necesario informe previo favorable del Servicio de Conservación de la Biodiversidad del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Los cupos establecidos podrán sobrepasarse en competiciones deportivas de caza, aprobadas previamente por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. La organización de competiciones deportivas de caza queda reservada a la Federación Navarra de Caza.

Guarderío forestal

  • Bidasoa – Leitza. 608 245 812 / ogfobida1@cfnavarra.es
  • AezkoaQuinto Real. 686 502 927 / ogfoaequ2@cfnavarra.es
  • RoncalSalazar. 699 307 698 /ogforosa3@cfnavarra.es
  • Ultzama – Arakil. 679 996 810 /ogfoular4@cfnavarra.es
  • Urbasa – 608 417 635 ogfourba6@cfnavarra.es
  • Pamplona – 608 062 649 /ogfopamp7@cfnavarra.es
  • Aoiz – 608 062 669 / ogfoaoiz8@cfnavarra.es
  • Estella Norte – 686 503 176 /ogfoeste9@cfnavarra.es
  • TafallaSangüesa – 609 907 084 /ogfotafa10@cfnavarra.es
  • Estella Sur – 608 062 639 / ogfoeste11@cfnavarra.es
  • Tudela – 609 904 957 /ogfotude12@cfnavarra.es

 

Calendario de caza

Calendario de caza 2015-2016 - Turismo en Navarra

Calendario de caza 2015-2016

Jabalí

Se autoriza la caza del jabalí, desde el 3 de septiembre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, con arma de fuego en batidas, monterías y esperas nocturnas y con arco en batidas, monterías, recechos, aguardos y esperas nocturnas con arco.

Las esperas nocturnas tanto con arma de fuego como con arco, deberán llevarse a cabo en los puestos autorizados en el Plan de Ordenación Cinegética.

En los cotos con riesgo de daños a los cultivos agrícolas se podrá cazar en batida, fuera de los resaques señalados en el Plan de Ordenación Cinegética.

Ciervo

Se autoriza la caza a rececho de ejemplares macho de ciervo, todos los días, del 1 hasta el 30 de septiembre de 2015, de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética. Para su realización, el coto deberá contar con un sistema de guarderío de caza y avisar con 24 horas de antelación al Guarderío Forestal de la Demarcación.

Se autoriza la caza en batida, los cupos determinados en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética, desde el 12 de octubre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Antes del 14 de marzo de 2016 deberán entregarse al Guarderío Forestal de la Demarcación o en las oficinas de la Sección de Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, los resguardos de los brazaletes utilizados, así como los brazaletes no utilizados. La falta de devolución de los brazaletes no utilizados y de los resguardos de los brazaletes utilizados podrá conllevar la prohibición para realizar aprovechamientos de caza mayor en la siguiente temporada.

Gamo

Se autoriza la caza del gamo, desde el 12 de octubre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local. Únicamente se podrá cazar el gamo durante las batidas de caza mayor.

Se autoriza la caza a rececho de ejemplares macho de ciervo, todos los días, del 1 hasta el 30 de septiembre de 2015, de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética. Para su realización, el coto deberá contar con un sistema de guarderío de caza y avisar con 24 horas de antelación al Guarderío Forestal de la Demarcación.

Se autoriza la caza en batida, los cupos determinados en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética, desde el 12 de octubre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Antes del 14 de marzo de 2016 deberán entregarse al Guarderío Forestal de la Demarcación o en las oficinas de la Sección de Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, los resguardos de los brazaletes utilizados, así como los brazaletes no utilizados. La falta de devolución de los brazaletes no utilizados y de los resguardos de los brazaletes utilizados podrá conllevar la prohibición para realizar aprovechamientos de caza mayor en la siguiente temporada.

Corzo

En batida, desde el 3 de septiembre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local. En este mismo periodo se autoriza la caza en aguardos y recechos todos los días de la semana. Los cupos serán los determinados en el correspondiente Plan de Ordenación Cinegética.

Los resguardos de los brazaletes utilizados, así como los brazaletes no utilizados de hembras y crías, deberán entregarse al Guarderío Forestal de la Demarcación o en las oficinas de la Sección de Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, antes del 14 de marzo de 2016.

Desde el 1 de abril hasta el 31 de julio de 2016, se podrá cazar a rececho, todos los días, los ejemplares machos asignados en el cupo del Plan de Ordenación Cinegética y no abatidos durante la temporada. Para su realización, deberán avisar con 24 horas de antelación al Guarderío Forestal de la Demarcación, indicando el número de brazalete a emplear.

Los resguardos de los brazaletes utilizados y los brazaletes no utilizados, en la caza a rececho, deberán entregarse al Guarderío Forestal de la Demarcación o en las oficinas de la Sección de Caza y Pesca de dicho Departamento, antes del 1 de septiembre de 2016. La falta de devolución de los brazaletes no utilizados y de los resguardos de los brazaletes utilizados podrá conllevar la prohibición para realizar aprovechamientos de caza mayor en la siguiente temporada.

Zorro

Modalidad al salto: se podrá cazar en los mismos días y lugares que la codorniz en media veda y desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de enero de 2016, los jueves, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local. En aquellos cotos que tengan autorización para la caza del conejo fuera del período general, se podrá cazar así mismo el zorro al salto, en las mismas fechas y zonas autorizadas para el conejo.

Modalidad de batida y en mano: se podrá cazar en estas modalidades desde el 3 de septiembre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local. Únicamente se podrá disparar con bala a esta especie en las batidas de caza mayor. En las batidas exclusivas de zorro se le deberá disparar con perdigón.

Modalidad en espera: se podrá cazar desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 28 de febrero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, en el entorno de madrigueras.

Perdiz y Liebre

El período hábil comprende desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de enero de 2016, los domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de acuerdo al calendario establecido en cada acotado, conforme a los conteos correspondientes. El horario de caza será, como máximo, hasta las 14 horas.

En la caza con escopeta, el cupo máximo por cazador y día se establece en tres piezas para las dos especies en conjunto, con un máximo de una liebre por cazador en la modalIdad al salto y un máximo de dos liebres por cuadrilla en la modalidad de batida. Las manos para la caza de la liebre y la perdiz no podrán rebasar en ningún caso el número de tres cazadores. Para la caza de la liebre europea, en la modalidad de batida, el número máximo de cazadores será de 6 por cuadrilla.

La caza de la liebre con galgos, sin escopeta, sin palo, con un máximo de dos galgos sueltos por persona o cuadrilla, un máximo de dos galgos más, siempre que vayan atados, y un máximo de dos perros de rastro acompañantes, se podrá realizar, además de los días arriba establecidos, los sábados, dentro del mismo período. El cupo máximo será de dos liebres por persona o cuadrilla, siendo ésta de un máximo de 6 personas.

Los adjudicatarios de los acotados deberán establecer un sistema de precintos o tarjetas, a través de los cuales se pueda controlar los animales capturados cada día de caza y en el momento mismo de la captura.

Se autoriza a campear con un máximo de 4 perros por persona (los perros serán exclusivamente de pluma o de rastro) en los acotados con perdiz y liebre, los días 3, 4, 10, 11, 17, y 18 de octubre de 2015.

Durante los días hábiles para la caza de la perdiz y la liebre, los refugios establecidos para estas especies en el Plan de Ordenación Cinegética vigente tendrán la consideración de reservas. Por ello no se podrá desarrollar allí ningún tipo de actividad cinegética. Los cazadores sólo podrán atravesar los refugios por los caminos y con el arma descargada.

Paloma

Paloma torcaz y paloma zurita: desde el 1 de octubre, hasta el 31 de diciembre de 2015 en puestos y chozas autorizados, todos los días.

A partir del 1 de noviembre de 2015, al 31 de enero de 2016, se podrá cazar también, al salto, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Conejo

Desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de enero de 2016, los jueves, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de acuerdo al calendario concreto establecido para cada acotado. Los cotos que tengan un IKA de conejo mayor de 3 en todo el acotado podrán cazar en las zonas establecidas al efecto en los Planes de Ordenación Cinegética, desde el 15 de agosto, hasta el 4 de octubre de 2015, los sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de forma organizada. Para la realización de estas cacerías será obligatoria la asiStencia del guarda del coto. Para ello, se presentará previamente al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, un muestreo firmado por un guarda de caza, los días concretos de caza, y la contratación del guarda para los días en los que vaya a llevarse a cabo la caza estival.

Becada

Desde el 12 de octubre de 2015 hasta el 31 de enero de 2016, todos los días, desde el amanecer hasta una hora antes del anochecer, dentro de zonas boscosas y utilizando perros con campanilla tradicional o electrónica. Se autoriza a campear, con un máximo de cuatro perros de pluma, en los acotados de becada, todos los días del mes de febrero dentro de las zonas boscosas. Se establece un cupo máximo de tres capturas por cazador y día. Los adjudicatarios de los acotados deberán establecer un sistema de precintos o tarjetas, a través de los cuales se pueda controlar los animales capturados cada día y temporada de caza. Queda prohibida la caza de la becada en esperas al paso y en balsas. Cuando se produzcan situaciones excepcionales de frío, el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local podrá declarar dicho período como días de fortuna, prohibiendo el ejercicio de la caza, lo cual hará público en los medios de comunicación.

En la temporada de caza 2015-2016, queda prohibida la comercialización de la becada.

Acuáticas

Se autoriza la caza de ansar común, cerceta común, ánade real, focha común, avefría y agachadiza común, desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de enero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

El ánade real se podrá cazar también desde el 15 de agosto, al 27 de septiembre de 2015, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral y local.

Zorzal

Zorzal común, zorzal charlo, zorzal real y zorzal alirrojo.

Desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de enero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Del 1 de noviembre de 2015 al 31 de enero de 2016, se podrá cazar también, en puestos autorizados de zorzal, todos los días de la semana.

También se podrá cazar desde los puestos de caza de paloma migratoria autorizados, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2015, en las mismas condiciones que aquélla.

Codorniz

En la Zona Norte, se podrá cazar desde el 15 de agosto, hasta el 27 de septiembre de 2015, los jueves, sábados, domingos y festivos, en todos los terrenos acotados.

En la Zona Sur, se podrá cazar desde el 15 de agosto, hasta el 27 de septiembre de 2015, los jueves, sábados, domingos y festivos, dentro de las áreas establecidas en los Planes de Ordenación Cinegética.

Asimismo se podrá cazar esta especie los mismos días hábiles establecidos en cada acotado para la perdiz roja. Se establece un cupo máximo de 10 capturas por cazador y día en ambas zonas.

Tórtola común

En la Zona Norte, se podrá cazar desde el 15 de agosto, hasta el 27 de septiembre de 2015, los jueves, sábados, domingos y festivos, en todos los terrenos acotados.

En la Zona Sur, desde el 15 de agosto, hasta el 27 de septiembre de 2015, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, únicamente en los mismos luga-res que la codorniz y en los puestos de paloma.

Se establece un cupo máximo de 2 capturas por cazador y día en ambas zonas.

Faisán

Desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de enero de 2016, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local.

Urraca, Grajilla y Corneja

En la zona sur solamente se podrá cazar durante este período en las áreas autorizadas en los Planes de Ordenación Cinegética.

Se podrá cazar durante las épocas de caza de cualquier otra especie en las mismas condiciones que éstas.

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